El Estado de las autonomías no está al servicio de la unidad de España, más bien coadyuva a la de fragmentación institucional, desigualdad entre los españoles y expansión incontrolada del gasto público. La descentralización territorial prevista por la Constitución de 1978 habría evolucionado, mediante decisiones políticas y una interpretación expansiva del sistema competencial, hacia una estructura cuasi federal que no fue querida por el constituyente. La recuperación de determinadas competencias estratégicas por el Estado constituye una exigencia constitucional para garantizar la igualdad efectiva de todos los españoles, reforzar la unidad nacional, racionalizar el gasto público y asegurar una prestación homogénea de los servicios públicos esenciales La Constitución Española de 1978 nació con la voluntad de garantizar simultáneamente la unidad de España y el reconocimiento de la autonomía de las regiones y supuestas nacionalidades. Sin embargo, el desarrollo del denominado Estado de las autonomías ha alterado profundamente ese equilibrio. El sistema autonómico ha dejado de ser una fórmula de descentralización administrativa para convertirse en una estructura política caracterizada por la multiplicación de centros de poder, la duplicación administrativa, la desigualdad territorial y la utilización de recursos públicos para impulsar proyectos políticos de carácter identitario. Lejos de fortalecer la cohesión nacional, el modelo habría favorecido dinámicas de desintegración institucional incompatibles con el espíritu del artículo 2 de la Constitución.
El artículo 2 de la Constitución proclama como principio previo e indisponible la «indisoluble unidad de la Nación española». Sólo a continuación reconoce y garantiza el derecho a la autonomía. La interpretación dominante durante las últimas décadas ha invertido este orden constitucional, otorgando un protagonismo creciente al principio autonómico en detrimento de la unidad nacional, se debe tener presente que la autonomía, en todo caso, constituye una técnica de organización territorial del Estado y no un título para desarrollar proyectos políticos soberanistas ni para construir estructuras cuasi estatales paralelas. En consecuencia, cualquier interpretación constitucional debe partir de la supremacía del principio de unidad sobre cualquier desarrollo competencial.
El denominado principio dispositivo permitió una expansión prácticamente ilimitada de las competencias autonómicas. Ello ha provocado una Administración extraordinariamente compleja, integrada por diecisiete gobiernos, diecisiete parlamentos, numerosos organismos consultivos, empresas públicas, agencias administrativas, defensores del pueblo autonómicos y múltiples entidades instrumentales, esta arquitectura institucional carece de justificación funcional, y supone una utilización ineficiente de los recursos públicos. Así, la descentralización ha dejado de responder a criterios de eficacia administrativa para convertirse en un mecanismo permanente de expansión burocrática.
El artículo 139 de la Constitución garantiza que todos los españoles poseen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio nacional. Sin embargo, la realidad demuestra que el acceso efectivo a numerosos servicios públicos depende hoy del territorio donde reside cada ciudadano. Las diferencias en educación, sanidad, función pública, vivienda, servicios sociales o ayudas familiares generan desigualdades incompatibles con una concepción común de la ciudadanía española, así, la igualdad ante la ley exige que los derechos fundamentales y los principales servicios públicos no queden condicionados por diecisiete regulaciones distintas como ocurre entre nosotros.
El modelo autonómico ha fracasado en todos los ámbitos pero singularmente en la educación. La descentralización educativa ha permitido la existencia de currículos diferenciados, manuales escolares distintos y políticas lingüísticas que, en determinadas comunidades autónomas, han sido utilizadas para promover identidades nacionales alternativas a la española. Desde esta perspectiva, la educación debe recuperar su función constitucional como instrumento de cohesión nacional, transmisión de los valores constitucionales comunes y fortalecimiento del sentimiento de pertenencia a España.
Es por ello necesaria la recuperación por el Estado de las competencias educativas esenciales, garantizando contenidos comunes para todos los alumnos con independencia de su lugar de residencia.
¿Y el gasto que todo esto comporta a las arcas públicas? La existencia de diecisiete administraciones completas implica un importante incremento del gasto estructural. Parlamentos, gobiernos, televisiones públicas autonómicas, consejos consultivos, agencias, observatorios, empresas públicas y un elevado número de altos cargos generan, una estructura sobredimensionada cuya utilidad no resulta proporcionada al coste que soportan los contribuyentes. Desde esta perspectiva, la racionalización administrativa constituye una exigencia derivada de los principios de eficiencia y buena administración. La supresión de organismos duplicados permitiría destinar mayores recursos a la sanidad, la justicia, la seguridad y el apoyo a las familias.
Uno de los argumentos decisivos para considerar agotado el Estado autonómico consiste en que éste no ha logrado integrar los nacionalismos periféricos. Al contrario, se considera que el traspaso de amplias competencias en educación, cultura, medios públicos y administración ha fortalecido institucionalmente a movimientos secesionistas. El proceso independentista catalán constituye, desde esta óptica, la demostración de que el modelo ha sido utilizado para financiar y consolidar estructuras orientadas a cuestionar la unidad constitucional del Estado, debe aseverarse que el sistema no sólo ha resultado ineficaz para neutralizar el separatismo, sino que ha contribuido a fortalecerlo.
Frente al modelo autonómico actual, se precisa una profunda reforma de la organización territorial del Estado basada, como mínimo, en los siguientes principios:
1.- Recuperación por el Estado de competencias estratégicas como educación, sanidad, justicia y seguridad.
2.- Supresión autonómica de organismos administrativos duplicados.
3.- Garantía de una igualdad efectiva de derechos en todo el territorio nacional.
4.- Eliminación de privilegios territoriales y rechazo de modelos de financiación singulares que rompan la solidaridad entre españoles.
5.- Refuerzo de la presencia institucional del Estado en todo el territorio nacional.
6.- Defensa de la lengua española como patrimonio común de todos los españoles, sin perjuicio del respeto y protección de las demás lenguas cooficiales conforme a la Constitución.
Desde esta perspectiva, la reforma territorial no supone una limitación de derechos, sino una recuperación del equilibrio constitucional diseñado en 1978.
El Estado de las Autonomías constituye un modelo agotado que ha generado una burocracia sobredimensionada, una creciente desigualdad entre españoles y una progresiva erosión de la unidad nacional. La solución propuesta consiste en una profunda reforma constitucional orientada a reforzar el Estado, recuperar competencias estratégicas y garantizar la igualdad efectiva de todos los ciudadanos con independencia de su lugar de residencia.
Esta posición parte de una interpretación del artículo 2 de la Constitución Española en la que la unidad de España constituye el fundamento del orden constitucional y el límite de cualquier proceso de descentralización. En esa concepción, la autonomía territorial sólo resulta legítima en la medida en que sirva al interés general, fortalezca la cohesión nacional y respete plenamente la igualdad de todos los españoles ante la ley.