Final de trayecto

Final de trayecto. Juan Antonio Elipe

Los cambios en la vieja Europa se avecinan, desde la segunda guerra mundial no ha existido un cambio de orientación política tan acentuado como en el último decenio. La cuestión básica es comprobar si el cambio de ciclo histórico, de valores y creencias que ello comporta, no coge desprevenido a políticos e intelectuales.

Una cuestión está clara, Marine Le Pen no ha ganado las elecciones a la presidencia de la República Francesa. ¿No ha ganado las elecciones?, ¿seguro?. Todos contra ella y ¿es una perdedora?, y en Polonia, Hungría… Aunque les pese a los progres de postureo y chequera, algo nuevo está cambiando en la vieja Europa.  El patriotismo, no un nacionalismo burgués y consentido, está apareciendo, más bien reapareciendo en el espectro político europeo. Los opuestos en estas lides van a ser los globalistas frente a los patriotas, y no lo duden aquéllos, con dineros y medios, lo tienen perdido. Lo tienen perdido porque se enfrentan a la tradición de los pueblos, a sus esencias, creencias, al espíritu del pueblo. Lo que debe preocupar a los que luchan por esa vuelta a los valores, teniendo claras las ideas por la que se confronta y se debe estar en la trinchera del patriotismo, es el ajetreo político, el ataque directo y cómo, dónde y cuándo van a arder las calles.

 Lo que se debe tener claro es que, tanto en el ejercicio de la política como en el mero planteamiento intelectual contra el globalismo y la izquierda, éstos, cuando se sientan acorralados, van a incendiar las calles. Los detentadores del poder no van a abandonar el mismo de forma ordenada, democrática y pacífica.

Las dos líneas de confrontación van a ser: de un lado, el ejercicio de la política, de otro, la batalla intelectual. Respecto a lo primero, las recientes encuestas no son especialmente proclives al mantenimiento de las fuerzas de izquierda en el poder en España. Frente a este hecho cierto ya se observa desde el punto de vista político la utilización constante de las instituciones en provecho del discurso gubernamental, da igual si es acorde con la realidad o no. Desde la perspectiva jurídica, una motorización legislativa impropia que intenta dejar las cuestiones que preocupan a la mayoría política actual atada y bien atada.

Curiosamente la actuación de los detentadores del poder es la misma en el gobierno de la nación y en los gobiernos autonómicos en donde ejercen sus potestades democráticas: mayor gasto público, reparto de cargos y profusa legislación que pretende dar consistencia legal a lo actuado hasta el momento. Los ejemplos son numerosos y el contraataque político y jurídico de la oposición muy tibio cuando no tímido. Los decretos-leyes del gobierno de la nación, así como los provenientes de los ejecutivos de las comunidades autónomas, brillan por la carencia de su primer presupuesto: “en caso de extraordinaria y urgente necesidad”. Ni urgente, ni extraordinario, ni caso. Sólo una necesidad para cumplir los últimos objetivos políticos de ejecutivos que se saben derrotados democráticamente.

En el ámbito estatal, un ingente número de resoluciones judiciales y decretos-leyes “ad hoc” han dado carta de naturaleza a situaciones inconstitucionales de privación de derechos fundamentales que con posterioridad nuestro Tribunal Constitucional, a instancia de parte, así lo ha fallado, como no podía ser de otra forma, en contra de los mal llamados estados de alarma. No se engañe el lector, no sólo los estados de alarma promulgados por el Gobierno de la Nación se oponen a nuestras libertades públicas, estos estados ya han sido declarados inconstitucionales, otras actuaciones motivadas por la pandemia lo están siendo y, una profusa legislación lo será cuando se impugne antes las instancias judiciales. Ejemplo de esta profusa normación sangrante, en este caso contra el derecho a la propiedad de los españoles, es la retaíla de decretos-leyes deslegitimando la misma y que tienen su origen en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, supuestos de especial vulnerabilidad de individuos al parecer desprotegidos, que indiciariamente pueden llegar  a acarrear un claro atentado al legítimo y constitucional ejercicio del derecho a la propiedad y un ataque a la legitimación de la posesión. Piénsese en que si un propietario consigue una resolución judicial de desahucio y lanzamiento de los ocupantes de su inmueble a pesar de ello no recobrará la posesión por encontrase protegidos los ocupantes ilegales. Además, no debe obviarse la consecuencia inmediata en la economía nacional, esto es, en el caso que nos ocupa, la perturbación en el mercado inmobiliario.

La supuesta contrarreforma laboral, rápida para poder afirmar políticamente que se ha cumplido con una promesa electoral a los suyos  e ineficiente o perjudicial para la mayoría, nos llevan al Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo y la convalidación por Resolución de 3 de febrero de 2022, del Congreso de los Diputados, en la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del citado Real Decreto-ley de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.  En el ámbito laboral la gran acción, no es más que un cambio de nombre: los trabajadores temporales son ahora trabajadores fijos discontinuos, con el consiguiente descenso (o eliminación) de las altas tasas de contratación temporal en España. Los resultados sociales, simplemente no existen, en todo caso un mayor deterioro del mercado de trabajo.

El ejecutivo se prodiga en la utilización del decreto -ley, y las leyes de acompañamiento que son un verdadero cajón de sastre para meter las últimas ocurrencias políticas, menospreciando formas, claridad expositiva y coherencia técnica. La pregunta es: ¿sólo el legislador estatal? No, la legislación autonómica también muestra el nerviosismo de los políticos ante el final de ciclo, cambio de tendencia y relevo en los ejecutivos autonómicos.

Los ejemplos, a nivel autonómico, son innumerables, por su singularidad y mal hacer, podemos destacar a la Comunidad Valenciana en su decreto Ley 3/2022, de 22 de abril, del Consell, por el que se autoriza la creación de la Sociedad Valenciana de Inspección Técnica de Vehículos SA. Simplemente las prisas por el cambio de tendencia omiten el procedimiento, sin pronunciarnos sobre la conveniencia o no de la creación de esa ITV pública, el artículo 79.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana impone su creación por ley autonómica, procedimiento que obviamente no se ha utilizado, y en la Cortes Valencianas nadie ha invocado. Otro ejemplo el Decreto-Ley 1/2022, de 22 de abril, del Consell, de emergencia energética y económica originada en la Comunidad Valenciana por la guerra en Ucrania. En el citado Decreto-ley e invocando la guerra en Ucrania, se modifica el Texto Refundido de la Ley de Ordenación de Territorio, Urbanismo y Paisaje, modificación de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2022, se pretende la implantación de energías renovables, reestructuración y racionalización del sector público. Todo ello muy lejano del objeto del citado Decreto, singularizarse políticamente y reformar para dejar asentado un sistema de organización que se desea perdure más allá del cambio político que se avecina.

Hemos explicitado y puesto ejemplos de cómo se preparan, ejercitando sus facultades políticas, los que están llamados al abandono del poder. Esos que utilizan sin decoro los medios jurídicos e institucionales a su alcance para sus meros objetivos políticos de pervivencia, la cuestión que suscita la batalla intelectual es más transcendente y compleja. Los cambios de perspectiva generados en todo occidente, aunque quizás tibios aún, deben ser acicate e impulso para implementar unos cauces doctrinales, primero en la sociedad española y después su correlativo desarrollo legislativo.  Leyes estatales y autonómicas de violencia de género, memoria democrática de unos, aborto, ley trans etc. deben ser contrarrestadas de forma conjunta en el plano de la operatividad, tanto con planteamientos de técnica jurídica (supuestos de inconstitucionalidad) como con un análisis alternativo de los principios que las justifican.

Top