La voz «fuero» viene del latín forum, que se traduce como «foro». Un fuero es una norma o código histórico o, dicho directamente, un privilegio que se le otorga a un determinado territorio (en beneficio de sus habitantes), como son los fueros de Navarra y el País Vasco.
Durante la llamada Reconquista, los reyes cristianos y los nobles deciden conceder algunos privilegios a zonas de valor estratégico o económico a fin de atraer al mayor número de pobladores, reforzar la seguridad en las fronteras y fomentar la economía. Para estos privilegios se redactan documentos denominados «cartas pueblas» o «cartas de la población», donde se fijaban el derecho local por escrito y se recogían normas elaboradas en diferentes lugares, configurándose una nueva forma de cartas a las que se concedían a estos territorios privilegios reales que en latín eran llamados chartae fori, que se conocen como «fueros breves», pues la extensión no iba más allá de lo que es un diploma. Aquí se describían las costumbres de las diferentes localidades y los privilegios que los reyes recibían por parte de las mismas, así como el grupo de disposiciones que aseguraban la continuidad del clero, el vasallaje y la nobleza de cada lugar.
Por gracia del rey, del terrateniente o del propio consejo del lugar, los fueros regulaban la vida local estableciendo un conjunto de normas jurídicas por las que se otorgaban derechos y privilegios y se recopilaban las costumbres de cada lugar. El fuero venía a caracterizarse por ser un derecho fundamentalmente local, en el que se concedían privilegios con el fin de repoblar las zonas fronterizas con los reinos musulmanes, y de paso poder reactivar dichas zonas económicamente. En el fuero se llevaba a cabo un pacto entre los pobladores y el rey.
Los repobladores eran gente sin señorío o el señorío de los mimos correspondía al rey. En las leyes forales se detallaban las libertades y privilegios como la elección del alcalde, tributos a la corona y tenían el deber de auxiliar a la mesnada real con peones y caballeros villanos.
Cada fuero contaba con una villa principal y varias aldeas y municipios. La población disponía de un consejo que gobernaba y que a su vez representaba al fuero en las Cortes.
Al ir avanzando los reinos cristianos hacia el sur en ese larguísimo proceso que fue llamado «Reconquista», los fueros dejaron de tener su función original de vanguardia fronteriza estimulando la repoblación en una zona tan conflictiva y peligrosa. A su vez, entraría en contradicción con el centralismo de la monarquía autoritaria y serían defendidos entre 1520 y 1522 por los comuneros de Castilla en la llamada Guerra de las Comunidades, donde los comuneros defendían los derechos forales, aunque fueron derrotados por las tropas imperiales resultando que Castilla fuese la parte del Imperio más sometida al poder de la Monarquía Hispánica.
En Aragón los fueros fueron recortándose como consecuencia de la sublevación o traición de Antonio Pérez (1590-1591), pero quedaron definitivamente suprimidos tras la Guerra de Sucesión (1700-1715) con los Decretos de Nueva Planta, salvo el derecho civil foral aragonés. Y sólo quedarían fueros en Navarra y Vascongadas (que fueron fieles a Felipe V, el nuevo rey de España que estrenaba la dinastía Borbón en el Imperio donde nunca se ponía el Sol).
Por tanto, estas regiones, al conservar los fueros, tenían un régimen fiscal y monetario propio, aduanas, exención del servicio militar y otros privilegios. Esto provocaría en buena medida las guerras carlistas del siglo XIX y de algún modo perseveraron su estructura hasta el régimen autonómico de la Constitución del 1978 con la Comunidad Foral de Navarra y los fueros de las tres provincias vascas: el de Álava, el de Vizcaya y el de Guipúzcoa.
La acción de conservar e incluso restaurar los antiguos fueros o leyes antiguas de los distintos territorios del Reino de España se denomina «foralismo», posición que se enfrentaría a la centralización política implantada en las Cortes de Cádiz y al turbulento desarrollo del liberalismo en España. El foralismo es, pues, una institución alineada con las fuerzas que querían reimponer el Antiguo Régimen, y una de tales fuerzas, foralista por antonomasia, fue el carlismo: «Dios, patria, fuero, rey».
El siglo XIX fue testigo de continuas suspensiones y limitaciones de los fueros vascos y navarro. Al volver Fernando VII a España, el 29 de julio de 1814 se confirmaban los fueros vascongados y navarros con la Real Cédula. Pero con el golpe de Estado de Rafael del Riego el 25 de marzo de 1820 se nivelaron las provincias vascongadas con las demás provincias de España. Sin embargo, cuando Fernando VII recuperó el trono en 1823 se quemó un ejemplar de la Constitución de 1812 y se eliminaron los poderes que se le habían otorgado a los diputados. A su vez, la asamblea guipuzcoana declaró «nulos e ilegales» los actos que se habían llevado a cabo en Guipúzcoa bajo el régimen constitucional, y se afirmaba que «habían jurado con repugnancia la Constitución de Cádiz, el 31 de julio de 1813 y el 25 de marzo de 1820».
Cuando en 1833 estalló la primera guerra carlista, los partidarios de Don Carlos María Isidro de Borbón unieron la causa dinástica a la foral y por ello el pretendiente tuvo que jurar respetar y mantener los fueros en el árbol de Guernica (símbolo del fuero de Vizcaya). Como decía Don Carlos, la existencia de los fueros era «incompatible con la del gobierno usurpador y revolucionario».
No obstante, los partidarios de Isabel II sacaron una ley el 25 de octubre de 1839 que confirmaba los fueros, pero se especificaba: «sin perjuicio de la unidad constitucional de la Monarquía» y «proponiendo su modificación». El 28 de marzo de 1840 varios diputados progresistas e la oposición protestaron contra la extensión otorgada a los fueros y señalaron la inconveniencia de la existencia de los mismos. Finalmente, tras dos guerras carlistas más, en 1876 serían suprimidos como resultado de la paz de la tercera guerra carlista.
En Vascongadas surgió a finales del siglo XIX el nacionalismo vasco de la mano de un racista ultracatólico alucinado llamado Sabino Arana Goiri, que fundaría el Partido Nacionalista Vasco (PNV). Y en Navarra se organizó un movimiento de defensa del fuero (la Gamaza de 1893) que venía a ser un movimiento popular que se enfrentó al gobierno del Partido Liberal de Sagasta.
El franquismo suprimió los fueros de Vizcaya y Guipúzcoa, por su rebeldía al bando nacional en la Guerra Civil, pero dejó los fueros de Álava y Navarra, por su lealtad.
En la Transición, los mal llamados «padres de la patria», con su particular y habitual confusión, reconocieron la vigencia de los «derechos históricos» y se redactaron los estatutos de autonomía del País Vasco en 1979 y el Amejoramiento del Fuero Navarro en 1982. Y a su vez, en el País Vasco se reorganizaron los foros bajo la etiqueta de «diputaciones forales», que además gozan de amplísimas competencias. Y con todo, los separatistas siguen hablando de expolio y explotación de España al País Vasco, como si España fuese un Imperio depredador y el País Vasco una colonia, y hubiese una relación asimétrica, cuando en todo caso, la asimetría estaría en los privilegios forales de los que se gozan en el País Vasco, así como en Navarra (muy batasunizada en los últimos años), y no en otras comunidades autónomas.
A diferencia de los fueros vascos (que no se remontan a la noche de los tiempos, como piensan burdamente los separatistas, sino que estuvieron sometidos a la soberanía de los reyes de Castilla y León desde el año 1076), el fuero navarro no procede de cartas comunales otorgadas, sino de la legislación del antiguo Reino de Navarra; es decir, Navarra fue un reino independiente (un Estado) y vascongadas una parte formal del Reino de Castilla y nunca una entidad soberana e independiente.